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Entidad: |
Conselleria de Gobernacion |
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Vacantes: |
6 |
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Ofrece: |
De conformidad con el artículo 17.1 y la Disposición Final Segunda del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, en relación con la Resolución de 1 de noviembre de 2009, del Vicepresidente Segundo del Consell y Conseller de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece la cantidad inicial de percepción para las becas sometidas al ámbito de aplicación del referido Decreto, cada una de las becas que se conceda en el marco de esta convocatoria estará dotada con 1.000,00 ? (mil euros) brutos mensuales, pudiendo otorgarse hasta un total de cinco becas con un importe global máximo de 55.000 ? (cincuenta y cinco mil euros) durante el ejercicio 2011.
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Localidad: |
Valencia |
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País: |
España |
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Fecha Cierre: |
28/03/2011 |
| Requisitos: | |
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a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea.
b) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar conocimientos suficientes en alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana, aspecto que se verificará, en su caso, durante el proceso de selección. c) No ser mayor de 35 años. d) Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones exigidas para concurrir a esta convocatoria, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde su finalización: Licenciatura en Derecho, Licenciatura en Criminología, Licenciatura en Ciencias Políticas y de la administración, Licenciatura en Documentación, Diplomatura en Trabajo Social, Ingeniería Informática y Diplomatura en Gestión y Administración Pública (GAP) Quedarán excluidos los aspirantes cuya titulación no esté recogida en la base anterior y aquellos que, aun contando con una titulación incluida en dicha base, la hubiesen obtenido con más de cinco años de anterioridad. e) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la concesión y el normal desarrollo de la actividad en que consiste la beca. f) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. g) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. h) No ser beneficiario de otras becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un período igual o superior a 36 meses, no mantener relación laboral alguna y no ser beneficiario de otras becas o ayudas públicas. No podrán optar a estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización. i) Cumplir con las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación. k) Disponer de cobertura sanitaria propia. |
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Notas: |
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La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de seis becas, bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana, destinadas a apoyar la formación complementaria, mejora y especialización profesional de titulados superiores y diplomados, poniendo en relación los conocimientos adquiridos y aquellas nuevas realidades o perspectivas de futuro que pudieran derivarse de la gestión de las políticas de la Generalitat destinadas a la gestión y realización de actividades formativas en materias de seguridad, protección ciudadana y emergencias, tales como la realización de trabajos y estudios de investigación relacionados con las mismas, para la mejora y actualización de los programas docentes y procesos evaluativos, la colaboración en la gestión de la form
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Solicitudes: |
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. La presentación de la solicitud conlleva la declaración responsable del interesado de que en él no concurre ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumple con las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación y, que todos los datos recogidos en la solicitud y en el curriculum que adjunta son verídicos y se encuentra en posesión de la documentación que así lo acredita, quedando a disposición de la Generalitat para la comprobación, control e inspección que se estimen oportunos.
2. Asimismo con la formalización de la solicitud, se otorga autorización a los órganos gestores de la Conselleria de Gobernación para obtener directamente la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previstas en los artículos 18 y 19, respectivamente del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como para la comprobación directa de los datos de identidad (DNI) y, en su caso, de residencia (de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas (DOCV núm. 6376 de 14.10.2010) 3. Igualmente, se adjuntará a la solicitud: a) Currículum vítae de la persona interesada, siguiendo el modelo que figura como anexo IV a la orden de convocatoria. b) Certificado oficial del expediente académico, emitido por el centro universitario donde el solicitante haya cursado sus estudios. En dicho certificado deberá constar la nota media ponderada obtenida durante la carrera, indicada de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable. |
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| Más información: Información y/o formatos de solicitud | ||
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